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    Home»Especial»Cuando la sátira necesita un perito: adiós a la ´Variable 14´
    Especial

    Cuando la sátira necesita un perito: adiós a la ´Variable 14´

    RedacciónPor Redacciónagosto 26, 2026No hay comentarios4 mins lectura
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    Laura Bruges

    La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dejó sin efectos la llamada Variable 14 de la metodología aprobada por el INE para monitorear programas de radio y televisión durante las precampañas y campañas federales 2026-2027.

    La variable buscaba identificar expresiones que, sin constituir una agresión explícita, implicaran descalificación, menosprecio o cuestionamiento hacia una candidatura, bajo categorías como ironía, sarcasmo, minimización, infantilización o cuestionamiento implícito.

    La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) impugnó esa metodología. Su argumento central fue que esos criterios dependían de valoraciones subjetivas y podían inhibir el ejercicio periodístico. También sostuvo que el periodismo no sólo informa: cuestiona, critica y utiliza recursos como la sátira, la parodia o la ironía para contribuir al debate público.

    ⚖️🎙️📡La Sala Superior del @TEPJF_informa dejó sin efectos la Variable 14 de la metodología aprobada por el INE para monitorear programas de radio y TV durante las precampañas y campañas federales 2026-2027.

    ¿El motivo? Libertad de expresión y ejercicio periodístico.

    En… pic.twitter.com/RSrwTfI1XQ

    — Laura Brugés (@LauraBruges) August 26, 2026

    Y en lo personal, como alguien que ha hecho de la sátira, la parodia y el humor una forma de explicar y cuestionar la política desde JEJEJE Político, esta metodología en los en el monitoreo de cierta manera me afectaba. Como se advierte en el expediente, “la sátira y la parodia están amparados en la libertad de expresión”, sobre todo cuando se trata de candidaturas y personas servidoras públicas, quienes deben tener un mayor deber de tolerancia a la crítica. Porque la sátira no es lo contrario al periodismo ni una forma didáctica de informar y no deja de cuestionar, exhibir contradicciones de la clase política y abre conversaciones. 

    La Variable 14 no establecía sanciones. Sin embargo, la CIRT advirtió que los resultados del monitoreo podían incorporarse a un expediente y eventualmente ser utilizados como prueba en un procedimiento contra una persona periodista.

    A lo anterior súmenle que las autoridades no sólo han sido incapaces de generar condiciones para proteger el ejercicio periodístico, sino que en ocasiones son ellas mismas quienes exponen a los medios y a las y los periodistas, los señalan y prácticamente los avientan a los leones. Los riesgos no son hipotéticos y ahí están los ejemplos: el absurdo de “Quién es quién en las mentiras” del cuál fui víctima en dos ocasiones; sus listas que dicen que no son listas; los “no veas a”, “no leas a”; una polarización irresponsable desde el poder.

    La sentencia analiza los artículos 6º y 7º constitucionales, pero resulta especialmente relevante el uso del artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Ese precepto establece que la libertad de expresión no puede restringirse por vías o medios indirectos, mediante controles oficiales o cualquier otro mecanismo encaminado a impedir la comunicación y circulación de ideas y opiniones.

    Ahí aparece uno de los problemas centrales de la Variable 14: ¿quién decidiría qué expresión era sarcasmo, ironía o descalificación? Un analista.

    La Sala advirtió que esa valoración dependería de su “ideología, opinión, razonamiento o juicio”, lo que podía generar falta de certeza e inseguridad jurídica.

    Pero el argumento más relevante fue otro: la sola existencia de la Variable 14 podía producir un “efecto inhibidor o disuasivo” sobre periodistas, conductores, reporteros y analistas.

    El proyecto, presentado por la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, colocó en el centro del debate la protección reforzada que merece el ejercicio periodístico y el derecho de la ciudadanía a recibir información plural.

    La CIRT planteó expresamente el riesgo de censura indirecta. La Sala recordó que tanto la Constitución como la Convención Americana prohíben restricciones indirectas a la libertad de expresión.

    El resultado fue concreto: la Variable 14 fue dejada sin efectos, junto con su método de evaluación y los actos posteriores derivados de ella. La decisión fue unánime.

    El punto de fondo es sencillo: si una metodología puede hacer que un periodista piense dos veces antes de criticar, ironizar o cuestionar, el problema ya no es sólo de monitoreo. Es de libertad de expresión.

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    Redacción

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